La Gran Logia de España mantiene relaciones fraternales con la inmensa mayoría de las Grandes Logias Regulares del mundo.
Las Grandes Logias, de forma similar a
los Estados, se reconocen entre sí y nombran representantes al igual que
los Estados nombran embajadores. En base a este reconocimiento
universal se dividen en Reconocidas o Regulares y No Reconocidas, lo que
significa su existencia en el mundo masónico. Cada Gran Logia establece
sus reconocimientos, pero como regla común son comúnmente aceptados los
antiguos principios y lineamientos, así como los documentos emitidos
por la Gran Logia Unida de Inglaterra acerca de los criterios para el
reconocimiento entre Grandes Logias. El documento de 1918 clarifica
estos Principios para el reconocimiento entre Grandes Logias y la
naturaleza tradicional de la Orden Masónica:
1.– Regularidad de origen, esto es,
cada gran logia deberá haber sido legalmente establecida por una gran
logia debidamente reconocida o por tres o más logias regularmente
constituidas.
2.– Que sea una cualidad esencial para su admisión, una creencia en el G. A. D. U., y en su voluntad revelada.
3.– Que todos los iniciados
prestarán juramento sobre o a la vista del Volumen de la Ley Sagrada,
abierto, por lo cual se entiende la revelación de lo alto, que ata la
conciencia del individuo particular que se inicia.
4.– Que los miembros de la gran
logia y logias individuales se compondrán de hombres exclusivamente y
que cada gran logia no deberá tener relación masónica de clase alguna
con logias mixtas o cuerpos que admitan mujeres dentro de sus miembros.
5.– Que la gran logia tendrá
jurisdicción soberana sobre las logias de su dominio; esto es, que será
una organización responsable, independiente, soberana, con única e
indiscutida autoridad sobre la hermandad o grados simbólicos (Aprendiz,
Compañero y Maestro Masón), dentro de su jurisdicción; y no estará en
forma alguna sujeta a, ni dividirá tal autoridad con un supremo consejo u
otro poder que reclame dominio alguno o inspección sobre esos grados.
6.– Que las Tres Grandes Luces de la
Masonería (a saber: el Volumen de la Ley Sagrada, la Escuadra y el
Compás), estarán siempre exhibidas cuando la gran logia o logias
subordinadas estén trabajando, siendo la principal de aquellas, el
Volumen de la Ley Sagrada.
7.– Que sea estrictamente prohibida la discusión en logia de religión y política.
8.– Que los principios de los antiguos límites, usos y costumbres de la Hermandad, serán estrictamente observados.
La Regularidad es así un elemento definitorio e institucional, siendo consideradas el resto de agrupaciones masónicas, sin pretensión peyorativa alguna, como irregulares en cuanto no se ajustan a los principios y objetivos fundamentales de la francmasonería.
No hay comentarios:
Publicar un comentario